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Qué gastos puedes deducir legalmente en tu declaración anual de impuestos

Cada contribuyente tiene derecho a deducir determinados gastos de su Impuesto a la Renta, siempre que estén debidamente sustentados y relacionados con la actividad económica. Conocer qué gastos son deducibles te permitirá optimizar tu carga tributaria y cumplir correctamente con la normativa vigente.

Según el artículo 37 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta (D.S. N.º 179-2004-EF), son deducibles “los gastos necesarios para producir y mantener la fuente de renta gravada”, siempre que estén respaldados con comprobantes válidos y registrados en la contabilidad.

Entre los gastos deducibles más comunes se encuentran:

  • Honorarios por servicios profesionales.

  • Sueldos y beneficios sociales del personal.

  • Alquileres y servicios básicos del local.

  • Depreciación de activos fijos (D.S. N.º 179-2004-EF, Art. 40°).

  • Gastos de movilidad y representación debidamente sustentados.

  • Publicidad, marketing y promoción comercial.

Para personas naturales con rentas de cuarta o quinta categoría, la Ley N.º 30506 permite deducir hasta el 3 UIT adicionales por gastos en arrendamiento, servicios profesionales y aportes a ESSALUD por trabajadores del hogar, siempre con comprobante electrónico a nombre del contribuyente.

Deducir legalmente tus gastos no es una evasión, sino el ejercicio correcto de un derecho reconocido por la ley.

Bibliografía:

  • SUNAT (2025). Guía práctica del Impuesto a la Renta. Disponible en: https://orientacion.sunat.gob.pe

  • Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta – D.S. N.º 179-2004-EF.

  • Ley N.º 30506 – Deducción adicional de gastos personales.

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